El Decreto número 40-2010 del Congreso de la República de Guatemala, "Ley del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, otorga facultades a la máxima autoridad de esta Oficina, por lo tanto el Relator Presidente en su calidad, emite comunicados cuando eventualidades en materia de Derechos Humanos lo requiera.
 
Con el fin de dar a conocer a la población en general, los pronunciamientos importantes, en nombre del Pleno de Relatores, como garantes de la protección de los Derechos Humanos de las personas privadas de su libertad y en resguardo, en todo el territorio nacional.    
 
Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.
Oficina Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Presidencia 2023-2024.
Comunicado general

Comunicado general

El Pleno de Relatores del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Lesther Castella...
Convenio OPT-CNA

Firma de convenio

La Oficina Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y el Consejo Nacional de Adopciones; suscribe...
Decreto número 40-2010 del Congreso de la República de Guatemala, "Ley del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

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